Impuesto de sucesiones: lo que debes saber antes de contratar un abogado

Impuesto de sucesiones: lo que debes saber antes de contratar un abogado

Fecha de publicación: 11/12/2017 Fecha de actualización: 07/11/2019
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Te contamos todo lo que debes saber sobre el Impuesto de Sucesiones para que cobrar una herencia no te suponga un quebradero de cabeza.

Hacer un testamento no es ningún planazo, pero heredar tampoco suele ser un plato de buen gusto… Siempre cuesta asumir la pérdida de un ser querido y si encima las discusiones familiares se convierten en un problema, esto puede acabar convirtiéndose en un auténtico quebradero de cabeza. Todo ello sumado a los costes que supone aceptar una herencia….

Aquí es donde entra en juego el Impuesto de Sucesiones, es decir, el tributo que debe pagar el receptor de una herencia. Sin embargo, este no es el mismo para toda España, sino que algunas comunidades autónomas cuentan con un régimen fiscal más favorable que otras. De hecho, en los últimos meses algunas han reformado sus cuantías.

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Escenario autonómico del Impuesto de Sucesiones. El ejemplo correspondería a una persona soltera de 30 años que hereda de su padre 800.000 euros, de los que 200.000 corresponden a la vivienda del fallecido. La recaudación se muestra en millones de euros. (Fuente: ABC).

 

Por ejemplo, en Navarra y en el País Vasco es más barato heredar. En el gráfico anterior no aparece ninguna de las dos, ya que ambas regiones dependen de sus diputaciones forales.

En definitiva, la localización geográfica es la principal diferencia y cada día genera numerosas cuestiones en las 2.800 notarías españolas. Por este motivo, el Consejo General del Notariado ha puesto a disposición de los usuarios un apartado en su página web en el que responde las dudas relacionadas con el Impuesto de Sucesiones.

No obstante, para que vayas ganando terreno, te ofrecemos todas las claves que necesitas saber para que puedas valorar tus opciones antes de contactar con un despacho de abogados, una asesoría jurídica o un abogado de oficio.

 

Todo lo que debes saber del Impuesto de Sucesiones

 

1. ¿Quién paga?

Todas las personas que vayan a recibir una parte de la herencia tienen que hacer frente al tributo, ya sea por su condición de herederas o porque han recibido un legado por parte del fallecido.

testamento

Hoy en día hacer un testamento no resulta muy caro, el precio está entre los 36 y los 60 euros.

 

2. ¿Cuánto se paga?

Hemos visto que el Impuesto de Sucesiones es más o menos caro dependiendo de la comunidad autónoma del fallecido, pero hay otros factores de los que también depende la cuantía:

  • Parentesco: no es lo mismo ser el hijo del fallecido que el primo o el sobrino al que ha cedido parte de su legado. En este caso se elevaría la cantidad a pagar cuanto más lejano sea el parentesco.
  • Valor: los bienes a recibir también determinan la cuantía, que será más cara cuanto mayor sea el valor de esos bienes.
  • Patrimonio del heredero: cuanto más patrimonio tenga la persona que hereda, más le subirá el importe del impuesto.
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El parentesco, el valor de los bienes a heredar y tu patrimonio son los tres factores que, junto con la localización geográfica, determinan la cuantía del Impuesto de Sucesiones.

 

3. Plazos

Si no quieres que Hacienda te penalice, deberías presentar la instancia de pago antes de que transcurran seis meses desde la defunción.

4. Lugar

Deberás acudir a las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Economía y Hacienda de la comunidad autónoma en la que residía el fallecido. Eso sí, para pagar el importe que corresponda a este impuesto bastará con personarse en el banco u otra entidad encargada de prestar este servicio tributario para después disponer del saldo del fallecido.

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Tienes que presentar la instancia en la Delegación Provincial del Ministerio de Economía y Hacienda del lugar de residencia del difunto.

 

5. Documentación

Una vez allí es necesario presentar el modelo de autoliquidación correspondiente por cada heredero. Además, también se requieren los siguientes documentos:

  • Fotocopia del D.N.I. del fallecido y de los sujetos pasivos.
  • Certificado de defunción.
  • Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad.
  • Certificado del Registro de Contratos de Seguro de Cobertura de Fallecimiento.
  • Copia autorizada del Testamento. Si este no existiera, valdría con el Testimonio de Declaración de Herederos o Acta de Notoriedad.
  • Escritura de manifestación de herencia.

6. Rechazo de la herencia

Igual que se heredan los bienes, también se heredan las deudas. Esto ha hecho que durante la crisis económica en la que se ha visto sumergida España en los últimos años, cada vez más gente rechazara sus herencias para no tener que hacer frente a los compromisos de sus familiares.

7. Prescripción

Desde que se presenta la instancia, la Administración cuenta con cuatro años para determinar la deuda tributaria, así como para imponer sanciones en el caso de que se haya cometido alguna infracción.

8. ¿Cómo afecta a mi declaración de la renta?

Recibir una herencia no afecta al IRPF, ya que el Impuesto de Sucesiones se paga sobre los bienes heredados. Eso sí, en el caso de que esos bienes generen rendimientos gravados por el IRPF, entonces sí afectaría a la declaración de la renta debiéndose especificar.

 

Ahora que ya estás al corriente de los plazos y la documentación requerida, entre otros aspectos, de ti dependerá si consideras la opción de contratar a un abogado como ayuda adicional…


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